Concejo Académico
El Consejo Académico, convocado y presidido por el rector o director, estará integrado por los directivos docentes y un docente por cada área o grado que ofrezca la respectiva institución. Se reunirá periódicamente para participar en:
a) El estudio, modificación y ajustes al currículo, de conformidad con lo establecido en la presente ley
b) La organización del plan de estudio
c) La evaluación anual e institucional
d) Todas las funciones que atañen a la buena marcha de la institución educativa.