Concejo Académico

 

El Consejo Académico, convocado y presidido por el rector o director, estará integrado por los directivos docentes y un docente por cada área o grado que ofrezca la respectiva institución. Se reunirá periódicamente para participar en:

 

a) El estudio, modificación y ajustes al currículo, de conformidad con lo establecido en la presente ley

b) La organización del plan de estudio

c) La evaluación anual e institucional

d) Todas las funciones que atañen a la buena marcha de la institución educativa.